Pautas necesarias en una futura ley de propiedad comunitaria indígena

 

                                                                    


Por SOFÍA BORDENAVE, LEFXARU NAWEL, JUAN MANUEL SALGADO
12 de Abril de 2023
Libro Acceso a la Justicia. Las personas en situación de vulnerabilidad ante el sistema judicial
SAIJ - INFOJUS
Id SAIJ: DACF230027

Comentario respecto de dos sentencias del año 2020, por las cuales la Corte IDH ha sido contundente en cuanto a la ausencia de un marco legal adecuado para garantizar los derechos territoriales de los pueblos indígenas, y ha condenado al Estado a reparar el daño ocasionado a las comunidades que conforman la Asociación Lhaka Honhat en la provincia de Salta, a que se les reconozca la propiedad de sus tierras y su derecho a la consulta previa libre e informada antes de adoptar cualquier decisión que les afecte y a realizar un plan de trabajo para que estos derechos sean efectivamente ejercidos por las comunidades. Los contenidos mínimos que deberá tener la futura Ley de Protección de los derechos territoriales indígenas deberán adaptarse a las pautas contenidas en dichas sentencias. Las nuevas medidas legislativas, y/o de otro carácter, necesarias para dotar de seguridad jurídica a la propiedad comunitaria indígena deben ser realizadas mediante "acciones que permitan la participación de pueblos y/o comunidades indígenas del país en procesos de consulta respecto de tales medidas". En referencia a los procedimientos estrictamente judiciales de solución de diferencias, la Corte IDH ha mencionado en diversas sentencias la necesidad de que las garantías judiciales deben ser adecuadas a fin de garantizar los derechos indígenas. Tratándose de comunidades y pueblos indígenas, los procedimientos deben adecuarse a los sistemas culturales de los pueblos. Por lo general, las acciones y los recursos del derecho común no bastan para poder plantear, analizar y decidir sobre temas de derechos indígenas porque responden a otra lógica cultural centralmente basada en la idea de persona individual y de propiedad privada o pública. La Corte IDH ha señalado que en la Argentina las regulaciones normativas existentes no son suficientes para dotar de seguridad jurídica al derecho de propiedad comunitaria indígena. Por ello es necesario definir en la ley de propiedad comunitaria indígena un capítulo de garantías judiciales indígenas, previendo procedimientos adecuados para tal fin. Integra la obra "Acceso a la Justicia. Las personas en situación de vulnerabilidad ante el sistema judicial". Editorial SAIJ-INFOJUS.



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